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La Audiencia de Sevilla absuelve a una mujer condenada por usurpación

La Audiencia de Sevilla absuelve a una mujer condenada por un delito leve de usurpación, derivado de la ocupación de una vivienda propiedad de un banco sin título. Según la sentencia, la absolución se da «no porque el hecho no ocurriera, sino por prescripción del delito».

La Audiencia de Sevilla absuelve a una mujer condenada por usurpación

En una sentencia emitida el pasado 21 de diciembre, la Sección Tercera de la Audiencia aborda el recurso de apelación de una mujer, contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Lora del Río que, merced a las acciones judiciales promovidas por Unicaja Banco, le condenó a una multa de 180 euros por un delito leve de usurpación. Además, la condena deribó en la obligación de desalojar una vivienda de La Puebla de los Infantes que ocupaba supuestamente sin título alguno para ello.

Frente a dicha condena inicial, la acusada esgrimía en su recurso de apelación, la «ausencia de requisito de previo requerimiento de desalojo por parte de la propiedad y falta de justificación del título que legitime a la Unicaja Banco para ejercitar la acción penal». Por su parte, la acusación privada se opuso al contenido del recurso y la Fiscalía reclamó «que se declarase la prescripción del delito por el tiempo que ha estado paralizado el procedimiento desde que se dictó sentencia».

En ese sentido, la Sección Tercera de la Audiencia declara probado que «las actuaciones han estado paralizadas desde el 24 de julio de 2017, fecha de presentación del recurso de apelación, hasta el 3 de octubre de 2023, día en el que se acuerda la admisión a trámite del citado recurso», a resolver mediante esta sentencia.

«Apreciándose la prescripción del delito leve, la denunciada debe ser absuelta por prescripción del delito de usurpación por el que venía acusada», resume la Audiencia.

Dado el caso, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla estima el recurso de apelación de la inculpada y revoca la sentencia inicial, absolviendo a la acusada del delito leve de usurpación por el que había sido condenada.

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