Desde este viernes la Junta relaja las limitaciones al consumo de agua en las cuencas intracomunitarias por la sequía. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las medidas ante el estado de sequía en las cuencas hidrográficas que son de su competencia, con el rasgo en común de propiciar un incremento del consumo urbano sobre las decisiones que tomó en marzo y cuya entrada en vigor se produce a partir de este viernes.
La Orden de 29 de abril establece en el consumo urbano para las Cuencas Mediterráneas Andaluzas un volumen de 200 litros por persona/día, que se eleva hasta los 225 litros en la Cuenca Guadalete-Barbate, mientras que en la Demarcación Hidrográfica del Tinto-Odiel-Piedras propone «activar planes de ahorro de agua en las Unidades de Demanda Urbana con el objetivo de alcanzar el 5% de reducción en el abastecimiento urbano», según figura en la Orden de 29 de abril que rubrica la consejera saliente, Carmen Crespo.
Desde este viernes la Junta relaja las limitaciones al consumo de agua en las cuencas intracomunitarias por la sequía
Con respecto a la anterior orden, de 20 de marzo, supone un incremento del consumo urbano de un 25% más en las Cuencas Mediterráneas, que son 40 litros más por persona y día; en la Demarcación Guadalate-Barbate, el aumento es de un 12,5% posibilitando que el consumo crezca en 25 litros por persona y día, mientras que en el Tinto-Odiel-Piedras la rebaja del ahorro es de un 50%, por cuanto ha pasado del 10% que se exigía en marzo a que ahora en abril sea de un 5%.
En la nueva Orden nada dice de las previsiones anunciadas por el Gobierno andaluz sobre el llenado de piscinas, por cuanto la norma diferencia tres ámbitos de aplicación, uso urbano, agrario e industrial.
En este último ámbito nada dice sobre las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, como sí se hacía en la Orden de 20 marzo, de lo que se deduce que las limitaciones que se impusieran entonces siguen vigentes, mientras que sí da instrucciones al respecto en Guadalete-Barbate y en Tinto-Odiel-Piedras.
Dentro de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas se diferencian los sistemas Campo de Gibraltar, Costal del Sol Occidental, Guadalhorce/Limonero, Viñuela Axarquía, Béznar-Rules, Bermínar, Cuevas de Almanzora y zonas sin regulación. Es generalizado la dotación máxima de 200 litros por habitante y día de consumo urbano.
Se precisa también que «la población para realizar el cálculo del volumen máximo será la correspondiente a la propuesta ya efectuada por el operador y aceptada por la Administración en los términos indicados en la Orden de 20 de marzo de 2024», además de que en el Sistema Costa del Sol Occidental para conseguir el objetivo de los 200 litros por persona/día «se aportará desde la Presa de la Concepción a los recursos generales del sistema, los volúmenes mensuales siguientes: mayo 2024: 2,9 hectómetros cúbicos; en junio, 2,8; en julio, 3,4; en agosto, 3,7; en septiembre, 2,5».
En el caso del uso agrario se diferencia por cada sistema, en el Campo de Gibraltar establece que el volumen de riego para el año hidrológico 2023-2024 es un máximo de 4 hectómetros cúbicos; en el Sistema Guadalhorce-Limonero, la limitación de los riegos con un máximo del 25% de la demanda media, siempre que se garantice el abastecimiento urbano; en el Sistema Viñuela-Axarquía, mantener la suspensión del uso de aguas reguladas procedentes del Sistema Viñuela-Axarquía.
CUENCA GUADALETE-BARBATE
En el Sistema Guadalete se establece para el uso urbano una dotación máxima de 225 litros por habitante y día, mientras que sobre el riego se establece para el año hidrológico 2023-2024 «aplicar una reducción del 50%», y sobre usos industriales decide «aplicar un 10% de reducción sobre un volumen base calculado en los términos indicados por el artículo 5.1 del Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero».
En el caso del Sistema Barbate se indica que «el volumen de riego medido en salida de embalses para el conjunto del año hidrológico 2023-2024 será igual al del año hidrológico 2022-2023, ascendiendo en total a 27 hectómetros cúbicos», cifra de la que explica que supone «una reducción del 52% sobre el volumen de referencia determinado de acuerdo con el artículo 5.1 del Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero».
TINTO-ODIEL-PIEDRAS
En esta Demarcación Hidrográfica se señala, en el uso urbano, «activar planes de ahorro de agua en las Unidades de Demanda Urbana, con el objetivo de alcanzar el 5% de reducción en el abastecimiento urbano», mientras que en el uso agrario se establece «una reducción del volumen de riego de un 25%», dato que supone una rebaja del 50% de la restricción por cuanto en la orden de marzo la limitación del consumo era de un 50%.
En el uso industrial, una reducción del 5%, de la que ha dicho que «se calculará en los términos indicados en el artículo 5 del Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero», además de que «en la UTE04 Sierra de Huelva, declarar el paso a situación de escasez moderada».