Condenado Julián Muñoz y exediles de Marbella en una causa en la que absuelven a Roca. La Audiencia de Málaga ha condenado al exalcalde de la localidad malagueña de Marbella Julián Muñoz, a exediles y a un promotor, que llegaron a un acuerdo de conformidad con el fiscal, en una causa en la que se ha absuelto al exasesor de Urbanismo marbellí Juan Antonio Roca y a otro empresario, al considerar, en este caso, que los delitos de los que se les acusaba ya fueron juzgados o han prescrito.
Así se desprende de la sentencia y del auto, dictados por la Sección Primera de Málaga en una causa en la que se han investigado varios delitos en relación con los sucesivos convenios firmados desde 1995 por el Ayuntamiento de cesión de parcelas y aprovechamientos a empresas vinculadas a dos empresarios, uno de ellos Tomás O., que ha sido absuelto.
Condenado Julián Muñoz y exediles de Marbella en una causa en la que absuelven a Roca
En la sentencia, se condena a Muñoz, según el acuerdo, por delitos de prevaricación administrativa, fraude y prevaricación urbanística y se le impone 18 meses de prisión y 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, estimando que concurre la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas. El resto de condenas oscilan entre los nueve años de cárcel y el pago de una multa.
Según el apartado de antecedentes de hecho de esta resolución, en diciembre de 2021 se celebró una primera comparecencia en la que el fiscal y las defensas hablaron de una posible conformidad.
En noviembre de 2022 se celebró otra vista en la que se presentó un nuevo escrito de acusación con el que se mostraron de acuerdo nueve acusados, la mayoría exediles y el empresario José María E.G.
Pero, no mostraron su conformidad Roca, el empresario Tomas O. y Muñoz. Para estos tres se fijó el inicio del juicio en octubre de 2023. Entonces, el exalcalde sí se mostró de acuerdo con el escrito de acusación modificado y reconoció los delitos de prevaricación y fraude; mientras que las defensas de los otros dos acusados presentaron cuestiones previas.
El exalcalde sí se mostró de acuerdo con el escrito de acusación modificado y reconoció los delitos de prevaricación y fraude
En este sentido, los letrados argumentaron que algunos hechos eran cosa juzgada, porque ya se vieron en el caso ‘Malaya’ o en otros procedimientos; o que estaban prescritos.
Según recoge la sentencia, por auto de diciembre de 2023 se estimaron estas cuestiones previas planteadas y se acordó el sobreseimiento y archivo de la causa respecto de ellos, al darles la Sala la razón a las defensas.
En ese auto, en el caso del empresario, se estiman prescritos los delitos por los que era acusado de fraude, cohecho y malversación, incidiendo en que se trata de convenios firmados en 1994. Otros hechos se consideran que fueron investigados ya en otros procedimientos, por lo que determina el sobreseimiento de la causa.
En el caso de Roca, se le absuelve por los mismos motivos, como son que no fue interrogado por algunos de los hechos imputados, que por tanto deben excluirse; al igual que otros ya vistos en el caso ‘Malaya’ o en ‘Saqueo’. Pero también estima la Sala que se le aplican las prescripciones ya determinadas para el anterior acusado. Contra dicha resolución no cabía recurso.
Tras ese archivo de la causa para Roca y el empresario, las defensas de la mayoría de los acusados ratificaron su conformidad ya expresada, pero no el letrado de Julián Muñoz y el del otro promotor, quienes pidieron acogerse a la prescripción o cosa juzgada declarada para los anteriores y, por tanto, instaron a que se acordara también para sus clientes el sobreseimiento de la causa.