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Revocan la condena a dos acusados de participar en el alijo de 732 kilos de hachís en el Poniente

Revocan la condena a dos acusados de participar en el alijo de 732 kilos de hachís en el Poniente

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha revocado la pena de dos años de prisión para dos hombres acusados de haber participado en el alijo de más de 732 kilos de hachís en una playa situada entre las localidades de Balanegra y Balerma, en Almería, durante la madrugada del 30 de abril de 2021.

El fallo del alto tribunal andaluz considera «insuficiente» la conclusión alcanzada por el tribunal de instancia para condenar a ambos primos como cómplices en un delito contra la salud pública en base únicamente a las apreciaciones de la Guardia Civil, que detuvo a los sospechosos tras intervenir el vehículo en el que viajaban una media hora después de frustar el alijo.

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La sala, que ratifica una pena de tres años y nueve meses de prisión para el único condenado por estos hechos ya que la Audiencia Provincial absolvió a otros dos investigados, tiene en consideración los recursos impulsados por las defensas en los que se da cuenta de los testimonios y evidencias que revelan que los acusados eran ajenos a los hechos que se investigan.

«La versión judicial de los hechos es más improbable que probable», determina el TSJA, para el cual «difícilmente» puede aceptarse que los acusados pudieran haber actuado como vigilantes de la operación de alijo en base a la secuencia cronológica de los hechos, ya que si bien la intervención tuvo lugar en la playa sobre las 5,40 horas, al menos uno de ellos estuvo «hasta las 5,15 horas o más de la glosada madrugada» trabajando en una panadería familiar en Dalías.

Con ello, la sala de apelación atiende el testimonio dado por la madre del acusado al respecto, así como la prueba recabada del maletero del coche, donde los agentes hallaron además de varios teléfonos móviles «dos bolsa de barras de pan».

Asimismo, se da cuenta del ticket de la gasolinera donde el acusado había repostado minutos antes de recoger a su primo, el otro acusado y jornalero de profesión según atestiguó mediante su contrato, sobre las 5,46 horas en las inmediaciones de la propia estación de servicio.

De este modo, ambos fueron interceptados sobre las 6,00 horas por la Guardia Civil cuando se dirigían a recoger a otros dos jornaleros para trabajar en un invernadero de pimientos en El Ejido.

El tribunal ve insuficientes los indicios en base a las percepciones de la Guardia Civil, para quienes ambos acusados se habían apresuradamente al vehículo tras verse abortada la descarga de fardos de hachís en la playa para huir del lugar.

En esta línea, aseguraron que ambos mostraron cierto «nerviosismo» ante la presencia de los agentes, toda vez que uno de los cuatro móviles que llevaban recibía llamadas incesantes de un registro «grabado como lancha 80»; una versión que ha sido invalidada por el TSJA para culpabilizar a los acusados, quienes dieron cuenta de la propiedad de los teléfonos.

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