La Audiencia de Málaga ha condenado a diez años de prisión a un hombre por golpear con un palo a otro en la cabeza tras una discusión en la puerta de un bar causándole una fractura en el cráneo que le ha dejado inválido y por intentar robarle. Otro hombre, implicado en el suceso, ha sido condenado a dos años de prisión por el delito de robo con violencia.
Según se declara probado en la sentencia, los hechos se produjeron en agosto de 2022 en una taberna de la capital malagueña. Los dos condenados fueron a tomar algunas consumiciones en el bar y uno de ellos llevaba un bastón de madera. En un momento, los acusados comenzaron una discusión con la víctima, que había acudido al establecimiento con otros amigos. La disputa se resolvió con un tirón de uno de los acusados para quitarle a riñonera a la víctima «diciéndole que si no accedía a ello lo iban a matar».
La víctima, que tenía en la riñonera su documentación, un teléfono y 25 euros en efectivo, intentó huir de la zona, sin embargo uno de los agresores «aprovechó que caminaba de espaldas para golpear fuertemente en la cabeza con el palo que portaba» al agredido. La víctima cayó al suelo quedando inconsciente en el asfalto, sangrando de manera abundante por la cabeza. A causa del impacto, sufrió un grave traumatismo craneoencefálico con fractura abierta y grave afectación cerebral con repercusión en toda la funcionalidad corporal que requirieron para su curación de tratamiento médico y quirúrgico consistentes en hospitalización, UCI y rehabilitación.
Ha sido sometido a tres intervenciones quirúrgicas importantes y ha necesitado para su sanación 425 días de perjuicio personal en grado grave y 23 días en grado muy grave. Actualmente necesita apoyo para andar y silla de ruedas y sufre importantes secuelas, además de estar impedido para la realización de cualquier actividad laboral.
Delito de asesinato en grado de tentativa
Por estos hechos, se condenó a uno de los acusados por un delito de asesinato en grado de tentativa a la pena de ocho años de prisión y la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros o comunicarse por el mismo tiempo; y por un delito de robo con violencia a otros dos años de cárcel.
Como indemnización, el Tribunal estima que este acusado debe pagar casi 341.000 euros por las lesiones, la incapacidad y las secuelas y el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida muy grave, así como con otras cantidades que se determinarán más adelante por la rehabilitación y otros gastos por la pérdida de autonomía personal.
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En lo referente al otro procesado, se le condena por un delito de robo con violencia y se le impone la pena de dos años de prisión, y además por un delito leve de lesiones, por el que también se condena al anterior, penado con el pago de una multa de 300 euros.
Para la Sala, «son múltiples los datos objetivos de los que se infiere el ánimo de matar», como el llevar un palo o bastón «que a la postre utilizo para golpear a la victima» y la parte del cuerpo a la que dirige el ataque, esto es el cráneo. «Igualmente hay que tener en cuenta la actitud mantenida antes de esta brutal agresión», señala.
A esto se une el reconocimiento de los hechos del acusado, además de que también resulta acreditada la alevosía, ya que «actuó de forma sorpresiva y a traición», acercándose «por la espalda y sin mediar palabra» al hombre, al que asestó «un fuerte golpe en la cabeza con el palo de tal entidad que hizo que cayera al suelo inconsciente».
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