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Cultura archiva el expediente de expolio de la torre del puerto de Málaga

La dirección general de Cultura de Bellas Artes ha archivado el expediente de expolio en relación con la torre del puerto de Málaga. En concreto, precisa que se archiva tras concluir «la falta de evidencias probadas para determinar la existencia de expoliación» en el citado proyecto.

En la resolución, se destaca que en España «actualmente no existe marco legal que establezca criterios concretos para valorar adecuadamente la afección al paisaje». Asimismo, se añade que el puerto de Málaga, de interés general, «no debe ser un espacio estático sin posibilidad de adaptarse a las necesidades que demande su propia gestión, sino un espacio necesariamente dinámico que debe dar respuesta a las exigencias que su funcionamiento plantea en cada momento».

Luces de la Concepción

Asimismo, se añade que los terrenos en los que se quiere construir la torre del puerto, de titularidad y gestión estatal, «no poseen por sí mismo valores patrimoniales y, por tanto, carecen de significación como patrimonio cultural». «Sí se encuentra, sin embargo, dentro del espacio subacuático de la Ensenada de Málaga, Zona de Servidumbre Arqueológica declarada en 2009 por lo que todos los trabajos que puedan afectar a esa zona deberán contar con las previsiones y seguimientos que determine la administración competente».

Por tanto, precisa, «toda edificación allí construida con objeto de promover el desarrollo turístico, económico y social del entorno supondría, sin duda, un valor añadido para la ciudad de Málaga siempre que no afecte negativamente al patrimonio cultural de la ciudad, en especial a la zona colindante al puerto declarada Bien de Interés Cultural».

Así, se resuelve el expediente «archivando las actuaciones previas» considerando la no conveniencia de iniciar el procedimiento por expolio pero con «observaciones y recomendaciones».

En concreto, alude a la necesidad de cumplir la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía que establece que la realización de actuaciones en el entorno de un BIC requiere de las correspondientes resoluciones y pronunciamientos de la Consejería competente en Patrimonio Histórico.

Asimismo, recuerdan al Ayuntamiento de Málaga y a la Junta «la importancia» de proteger «todos los valores patrimoniales del Conjunto Histórico de la Ciudad de Málaga declarado BIC».

Por otro lado, se destacan las observaciones realizadas por la Escuela de Arquitectura de Málaga en relación con que el Ayuntamiento de Málaga «carece de un plan de descontaminación visual» para el conjunto declarado Bien de Interés Cultural, señalando que la Torre del Puerto «debería buscar sus referentes de altura en elementos arquitectónicos permanentes como la Catedral, el edificio Equitativa o las edificaciones de la Malagueta».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, únicamente cabe, en el caso de disconformidad, la interposición de recurso contencioso administrativo ante los juzgados centrales de lo contencioso administrativo de Madrid en el plazo de dos meses.

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