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Aprobada la ‘Zona Acústicamente Saturada’ de la calle Tomás Echeverría de Huelin

Este lunes, la Comisión del Pleno de Sostenibilidad Medioambiental, Servicios Operativos e Innovación ha aprobado de forma definitiva la declaración como Zona Acústicamente Saturada (ZAS) de un tramo de la calle Tomás Echeverría, en la barriada de Echeverría de Huelin, en el distrito de Carretera de Cádiz.

La iniciativa ha sido aprobada por los votos favorables del Gobierno local y del grupo municipal del PSOE, mientras que Con Málaga se ha abstenido y Vox ha votado en contra. Además, ha sido aprobado el Plan Zonal Específico, que reúne las medidas a tomar por el sector del ocio para reducir los ruidos derivados de su actividad tras las dos alegaciones presentadas a los informes técnico-jurídicos realizados.

Tras este paso, el Plan deberá ser aprobado en Pleno ordinario dentro de diez días -27 de febrero- y, entonces sí, su aplicación entrará en vigor al día siguiente (28 de febrero), conforme se publique el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). A partir de este momentos podrán realizarse las medidas necesarias para la reducción del ruido en dicha calle, así como su posterior evaluación de resultados.

Málaga ultima su tercera ‘Zona Acústicamente Saturada’ en un tramo de Huelin

Limitaciones previstas

La aplicación de estas medidas en calle Tomás Echeverría implicará una serie de restricciones y limitaciones, pudiendo afectar a aquellos locales dedicados a los sectores hosteleros y de ocio, los cuales en algunos casos tendrán que ajustar sus horarios y actividades de acuerdo a la normativa de ruidos vigente.

Además, una vez que el Plan entre en vigor, no se podrán tramitar nuevos expedientes para la apertura de nuevos establecimientos de primera instalación de hostelería, ocio y esparcimiento, excepto aquellos cuya tramitación se iniciara antes de la entrada en vigor del citado plan, a las que se les aplicaría un régimen transitorio.

En cuanto a las limitaciones horarias, a partir de las 23.00 horas, los establecimientos de hostelería con y sin música y los establecimientos de ocio y esparcimiento ubicados en la zona objeto de la declaración deberán funcionar con puertas y ventanas cerradas, con el fin de evitar la emisión de ruidos del propio local al exterior. Así, desde las 23.00 hasta la hora de cierre deberán designar a una persona responsable de garantizar, de manera proactiva, este aspecto.

una vez que el Plan entre en vigor, no se podrán tramitar nuevos expedientes para la apertura de nuevos establecimientos de primera instalación

Asimismo, a partir de las 2.00 horas, los establecimientos deberán cesar la música, no pudiéndose servir más consumiciones ni permitir la entrada de más personas al interior de sus locales. También tendrán que encender todas las luces para facilitar el desalojo en un máximo de 20 minutos.

Terrazas

Con respecto a las terrazas, estas tendrán que adelantar su cierre respecto al horario actual (2.00 horas), tal y como se viene aplicando en el resto de ámbitos declarados ZAS. Así, en otoño e invierno deberán ser retiradas a las 00.30 horas de lunes a viernes y a la 1.00 horas los sábados y domingos, mientras en primavera y verano podrán permanecer instaladas hasta la 1.00 horas de lunes a viernes y hasta las 1.30 horas los fines de semana.

En este sentido, se contemplarán excepciones en periodos festivos como Semana Santa, Navidad, Carnaval o Feria, así como aquellas fechas que, con carácter excepcional, acuerde motivadamente al inicio de cada año la Junta de Gobierno Local.

Como en los otros dos ámbitos declarados ZAS -el Centro Histórico y El Romeral en Teatinos- a los cinco años se efectuará una evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, si bien se realizarán informes de seguimiento de forma periódica.

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