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A prisión dos compañeros de piso por agredirse mutuamente con cuchillos en Málaga

La Audiencia de Málaga ha condenado a dos hombres por agredirse mutuamente con cuchillos en una pelea ocurrida en el domicilio en el que vivían en la capital malagueña y que se produjo tras una fuerte discusión. Así, a uno se le impone tres años de prisión y a otro, dos años de cárcel. Los hechos sucedieron en diciembre de 2021 y según se declara probado en la sentencia, ambos estaban en el piso que constituía su domicilio cuando se inició entre ellos por causa desconocida una fuerte discusión que derivó en una pelea.

En el transcurso de esa pelea, uno de los acusados sacó un cuchillo y «con el animo de menoscabar su integridad física propinó al otro varios cortes en la zona del cuello y cara», según señala la resolución. Acto seguido, el otro, «con el mismo animo de menoscabar la integridad física» del anterior, con un cuchillo, lo acometió alcanzándole en la oreja izquierda causándole heridas», tras lo que abandonó precipitadamente la casa y se fue al piso de un familiar.

El hombre que se quedó en la casa fue localizado en la puerta con la ropa y rostro manchado de sangre por los policías que acudieron al lugar tras ser avisados, a estos este procesado les manifestó en referencia al otro: «A ver si se muere el perro ese».

A consecuencia de esta pelea, señala la sentencia, este último acusado sufrió lesiones en la oreja izquierda, en la cabeza y herida incisa en antebrazo izquierdo y en un dedo, que precisaron para su curación una primera asistencia facultativa y tardaron en curar diez días.

Asimismo, el que huyó sufrió una herida incisa cervical con afectación de planos musculares y vena yugular, otra malar derecha que se extiende tras atravesar lóbulo de la oreja, que precisaron para su curación una primera asistencia facultativa y tardaron en curar 15 días.

Delito de lesiones

Por estos hechos se les condenó a cada uno por un delito de lesiones, imponiéndole al primer acusado la pena de tres años de prisión y el segundo, dos años de cárcel. También se le condena al pago de indemnizaciones, pero se acuerda la compensación de cantidades a abonarse recíprocamente entre ambos procesados.

Para la Sala, se trata de un riña mutuamente aceptada y, dada la existencia de versiones contradictorias, dice que «no ha resultado acreditado quien de los acusados dio comienzo a la agresión», pero ambos utilizaron armas blancas y actuaron «con ánimo de atacar al contrario y no con un ánimo defensivo».

Asimismo, el Tribunal señala que la agresión del primer acusado no puede enmarcarse en un delito de homicidio en grado de tentativa, pues entiende que el ánimo era «el de lesionarle» y «no pretendía su muerte». Indica que, aunque el acometimiento fue con un arma blanca, «no tuvo intensidad como para suponer un riesgo vital».

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