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Condenan a un hombre tras usar a una menor para la venta de hachís en Morón

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Condenado por la Audiencia de Sevilla un vecino de la localidad de Morón de la Frontera por un delito contra la salud pública, el cual se habría cometido usando su vivienda como punto de venta de drogas y además sirviéndose de una menor de edad para el transporte de las sustancias fuera del inmueble y así facilitarla a terceros que eran mayoritariamente menores de edad como ella.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, en la sentencia emitida el pasado 18 de diciembre, declara probado, por reconocimiento del acusado tras un acuerdo de conformidad entre su defensa y la Fiscalía, que «tras informaciones recibidas por agentes de la Policía Nacional, se tuvo conocimiento de un posible punto de venta de drogas» en la localidad de Morón de la Frontera, domicilio donde reside el inculpado.

En noviembre de 2020, según dictamina la sentencia, se realiza un seguimiento a través de distintas vigilancias en la puerta del inmueble, donde los agentes comprobaron cómo las transacciones de sustancias estupefacientes a cambio de dinero eran continuas.

Ventas

El 12 de noviembre de 2020, sobre las 18.32 horas, por parte de los agentes se observó como una personas se acercó al domicilio y una vez se le interceptó a su salida, se le intervinieron 1,03 gramos de resina de cannabis. Tras esto, el día 18 de noviembre del mismo año, sobre las 19.55 horas, los agentes observaron cómo un menor de edad accedía al domicilio en compañía de otros menores, algo habitual y constante.

Por los mismos agentes, se comprobó que el acusado hacía partícipe de la venta de sustancia estupefacientes a una menor de edad, quién se encargaba de transportar la sustancia entre sus ropas fuera del inmueble para facilitarla a terceros, principalmente menores de edad, como señala la sentencia.

Según el relato de hechos probados, el día 13 de octubre de 2020, sobre las 19,00 horas, la menor se acercó a otra chica que contaba sólo con 15 años de edad  y le ofreció polen (de hachís) a cambio de cinco euros, aceptando la menor y comprando finalmente la sustancia, la cual había sido facilitada por el inculpado para su posterior venta.

Registro domiciliario

Una vez acontecidos todos estos hechos, se llevo a cabo un registro en el domicilio del acusado, en el que se hallaron varios efectos relacionados con la venta de sustancias estupefacientes como una báscula de precisión, diversas libretas con anotaciones de nombres, cantidades y precios, y papel film transparente, así como diversas tiras de lo que resultó ser resina de cannabis, con un peso neto de 489 gramos, así como porciones que sumaban casi 286 gramos más de resina de cannabis.

En la sentencia se declara que  «el acusado actuó imputado por su grave adicción de larga evolución a alcohol, cocaína y cannabis para procurarse un beneficio económico y así mantener el consumo» y que «ha colaborado con la justicia de forma útil para esclarecer los hechos, reconociéndolos».

La condena por parte del tribunal es de un año y medio de cárcel por un delito contra la salud pública con las atenuantes de drogadicción y confesión. Pena que queda suspendida a condición de que no delinca de nuevo durante dos años; imponiéndole además una multa de 5.693,72 euros.

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