Se abordará una reforma del PVPC para que pueda aplicarse a inicios de 2023.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el Real Decreto-Ley por el que se establece el mecanismo para limitar el precio del gaso para la generación eléctrica a una media de 48,8 euros por megavatio/hora (MWh) durante un periodo de doce meses, cubriendo así el próximo invierno, periodo en el que los precios de la energía son más caros.
Tras su aprobación en Consejo de Ministros el viernes, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, señaló que una vez entrada en vigor la medida este sábado y a expensas de que la Comisión Europea adopte formalmente el respaldo a la norma, lo que podría retrasarse hasta «unas dos semanas»-, supondrá una mejora inmediata para un 37% de los consumidores domésticos y para el 70% para los industriales.
A este respecto, fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica precisaron que el mecanismo, a pesar de su publicación como Real Decreto-Ley, quedará así pendiente de contar con la decisión formal de Bruselas y de ser rubricado por una orden de la ministra para su aplicación.
La vicepresidenta tercera estimó que gracias a esta medida el precio del ‘pool’ caerá en torno a un 38% en su precio promedio, desde los 210 euros por megavatio hora (MWh) marcados a lo largo del primer trimestre de este año hasta unos 130 euros/MWh. De este modo, la única electricidad que los consumidores pagarán a coste de gas será la producida con centrales de gas.
La medida ayudará así a contener la escalada de precios y la inflación y, sobre todo, ejercerá de cortafuegos ante la volatilidad de los precios del gas derivada de la guerra en Ucrania, facilitará también la reforma de la tarifa regulada -el denominado PVPC-, incorporando referencias de precios de los mercados de futuros.
Ribera aseguró que, una vez esté en vigor la medida, los consumidores del mercado regulado notarán este alivio en el precio de la luz de manera «inmediata», mientras que para el resto de consumidores en el mercado libre será algo «progresivo», viéndose beneficiados cuando renueven o cambien, «ya que su revisión anual tendrá la referencia con unos precios más bajos».
LAS ELÉCTRICAS DEBERÁN APORTAR INFORMACIÓN DE SUS CONTRATOS ‘RETAIL’
La titular de Transición Ecológica y el Reto Demográfico advirtió también que las compañías eléctricas deberán aportar la información «detallada» de sus contratos ‘retail’, «no los que firman con su comercializadora, sino los contratos reales que pagan los consumidores», para controlar que ese volumen de «beneficios deja de ser pagado por los consumidores».
«Lo que no significa que entren en pérdidas, van a seguir obteniendo beneficios», recalcó, lamentando que las eléctricas no hayan tenido «un comportamiento más acorde a la situación del momento» haciendo unas ofertas en el mercado libre «más ajustadas a las necesidades de los hogares o de los industriales».
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, que no la aplicación del mecanismo, las comercializadoras contarán con un plazo de cinco días para ofrecer una «foto fija» de cuál es su demanda del mercado expuesto al mercado ‘spot’ y que parte tiene a coberturas o contratos fijos.
Posteriormente, habrá otro plazo de siete días para que el operador del mercado y del sistema ponga en práctica los procedimientos y los sistemas para la aplicación del mecanismo.
RÉGIMEN SANCIONADOR
Además, se establecerá un régimen sancionador para evitar acciones contrarias al correcto comportamiento de todos y cada uno de los agentes del mercado, con «infracciones muy grave» en el caso de que no cumplan, indicaron en fuentes del Ministerio.
Por otra parte, el mecanismo hará aumentar el saldo exportador con Francia, debido, en gran parte, al menor precio de la electricidad en España, aunque las mismas fuentes señalaron que el objetivo es aprovechar las rentas de congestión adicionales que se van a crear en frontera por esa mayor demanda gala por reducir el impacto de la compensación del tope al gas.
La denominada ‘excepción ibérica’ estaba pendiente de aprobarse desde que a finales de abril los gobiernos de España y Portugal arrancaron el acuerdo político con Bruselas para establecer este mecanismo temporal para fijar este tope al gas en torno a una media de 50 euros/MWh.
Esta medida permitirá desacoplar temporalmente los precios del gas y la electricidad en la Península Ibérica, que se beneficiará así de una excepción, tal y como se acordó en el Consejo Europeo de marzo.
El mecanismo durará unos 12 meses y establece un precio de referencia del gas de 40 euros/MWh durante seis meses, que se incrementa en 5 euros/MWh al mes a partir de entonces, terminando en 70 euros/MWh para que haya una convergencia a la normalidad, frente al actual precio de referencia en el mercado de más de 100 euros/MWh -como en el caso del TTF holandés, de referencia en Europa-.
En la configuración actual del mercado eléctrico, el gas determina el precio global de la electricidad cuando se utiliza, ya que todos los productores reciben el mismo precio por el mismo producto, la electricidad, cuando entra en la red.
MODIFICACIÓN PVPC
Por otra parte, el Real Decreto-ley también incluye el mandato de modificar la metodología de cálculo del PVPC para incorporar referencias basadas en una cesta de productos a plazo y del mercado diario e intradiario.
De este modo se combinará la estabilidad con incentivos para la eficiencia energética, el almacenamiento y la gestión de la demanda. Se prevé que el nuevo PVPC empiece a aplicarse desde el inicio de 2023, informó el gabinete dirigido por Teresa Ribera.
Los mecanismos aprobados se suman a las actuaciones en el ámbito nacional y el internacional que el Gobierno ha puesto en marcha desde el verano, al comienzo de la escalada del precio de la energía impulsado por el encarecimiento especulativo del gas.
Así, en el plano nacional se ha aprobado una rebaja fiscal sobre la electricidad con un coste acumulado superior a los 7.000 millones de euros, y una rebaja del 55% de los cargos eléctricos, en parte gracias a una revisión extraordinaria de lo que cobran las renovables, entre muchas otras medidas.
Entre estas medidas destaca la minoración de gas, aprobada en septiembre para revertir parte de los beneficios extraordinarios obtenidos por las empresas. Se reforzó en marzo para que se aplique también sobre la energía contratada a plazo a precio fijo con un precio de cobertura superior a los 67 euros/MWh; en el caso de coberturas entre sociedades de un mismo grupo empresarial se tendrá en cuenta el precio final comercializado.
«POR PRIMERA VEZ NO PAGARÁN LOS MISMOS»
En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, ha puesto en valor que esta medida, que supone una respuesta «que tiene pocos antecedentes, o ninguno» en el pasado, ya que Europa ha entendido «las causas por las que España y Portugal deben contar con esta excepción», será «un paraguas» para proteger a los consumidores domésticos y a la gran industria en el actual contexto de tensión en los precios energéticos, agravada especialmente por la invasión de Ucrania por Rusia.
Asimismo, subrayó que «por primer vez no pagarán los mismos» y la medida tiene como finalidad «reducir los beneficios extraordinarios de las eléctricas para que haya beneficios para todos», tratándose de una medida complementaria a la minoración del gas.
Las centrales térmicas de gas, los ciclos combinados, seguirán cobrando lo necesario para garantizar el suministro eléctrico. Este coste se repercutirá únicamente sobre los consumidores beneficiados por la medida en cada momento y siempre será menor que el ahorro final proporcionado por ella.