El BOP publica la convocatoria de ayudas, que se pueden solicitar hasta el 1 de junio con un máximo de 200.000 euros por colectivo
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado este miércoles una convocatoria de ayudas por valor de dos millones de euros para que colectivos sociales puedan mejorar las instalaciones donde desarrollan su actividad.
De esta manera, podrán optar a dichas subvenciones entidades, fundaciones, así como federaciones o asociaciones que las integren, que tengan su ámbito de actuación en la provincia de Málaga y que desarrollen acciones de carácter asistencial en materia de atención a personas con diversidad funcional, en riesgo de exclusión social y/o con capacidades limitadas por enfermedades terminales o degenerativas.
Así, desde este miércoles y hasta el 1 de junio estará abierto el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación de los espacios donde llevan a cabo su actividad, con un máximo de 200.000 euros por asociación, según se indica en el BOP, consultado por Europa Press.
Las subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva podrán solicitarse, indistintamente, por un lado, para la mejora de las condiciones de accesibilidad a las sedes o edificios de las entidades a través de la eliminación de barreras arquitectónicas; y, por otro, para la realización de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o rehabilitación necesarias de las sedes donde las entidades sociales prestan servicios asistenciales a los usuarios.
En este último caso, excepcionalmente, se admitirán obras de nueva edificación siempre que la misma cuente con financiación adicional bien a través de recursos propios de la entidad bien a través de otras subvenciones de carácter público o privado, se precisa en el documento.
Para la concesión de las subvenciones y la determinación de la cuantía se tendrán en cuenta diversos criterios, como el número de usuarios que atiende la entidad, la existencia de infraestructuras de la misma naturaleza en el municipio donde tenga la sede la entidad, la necesidad de la inversión –primándose la eliminación de las barreras arquitectónicas–, la mejora de las prestaciones y la atención a los usuarios y la mejora en la eficiencia energética.
Además, se establece como obligación que la entidad beneficiaria no varíe su destino en un periodo mínimo de seis años desde la fecha de resolución de la concesión.
El BOP precisa que no podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en las bases, las entidades que no estén al corriente con la Diputación Provincial en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Las subvenciones concedidas con arreglo a esta convocatoria serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.