La suspensión de sus funciones es «con efectos desde la adopción del acuerdo»
La Mesa del Parlament ha aprobado este jueves suspender a la presidenta de la Cámara, Laura Borràs, como diputada con el apoyo de PSC-Units, ERC y CUP tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de enviarla a juicio por presuntamente fraccionar contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), según han informado fuentes conocedoras a Europa Press.
La Mesa ha aprobado la suspensión con los votos favorables del PSC, ERC y la CUP y el ‘no’ de Junts.
La votación en la Mesa ha tenido lugar después de que, en los últimos días, estos partidos le hayan pedido que se apartara voluntariamente y que, en caso de no hacerlo, votarían a favor de suspenderla con base en el artículo 25.4 del Reglamento, que obliga a la Mesa a suspender a los diputados que se enfrentan a un juicio por delitos vinculados a la corrupción.
De hecho, Borràs ha hecho una intervención inicial en la Mesa, antes de abandonar la sala, donde ha sostenido que su causa no se ajusta a la finalidad del artículo del reglamento de Parlament que contempla la suspensión preventiva de los diputados, y ha pedido a los miembros del órgano que voten «en conciencia».
El artículo 25.4 del Reglamento del Parlament que se le ha aplicado a Borràs obliga a la Mesa a acordar la suspensión «de los derechos y deberes parlamentarios de manera inmediata» a los diputados acusados por delitos vinculados a la corrupción, una vez el auto de apertura de juicio oral es firme.
Además, el Reglamento prevé la posibilidad de solicitar un informe a la Comisión de Estatuto del Diputado si se aprecian «dudas sobre este tipo de delito» o sobre las incompatibilidades aplicables durante la suspensión, una opción que han rechazado los grupos.
En un comunicado, la Cámara ha informado de que la Mesa ha acordado por mayoría la «suspensión de todos los derechos y deberes de Borràs como diputada», previstos en el Reglamento del Parlament.
Como consecuencia, Borràs tiene suspendidas «todas las atribuciones como presidenta del Parlament, con efectos desde la adopción del acuerdo», por lo que su suspensión es inmediata y no se requiere de su publicación para que la decisión sea efectiva.
ARTÍCULO 40 DEL REGLAMENTO
A partir de la suspensión de todos los derechos y deberes se aplica el artículo 40 del Reglamento, que regula las funciones de las vicepresidencias: «En el caso de vacante, ausencia o impedimento del presidente del Parlament, los vicepresidentes, por orden consecutivo, le deben sustituir con los mismos derechos, deberes y atribuciones».
En base a este precepto, la vicepresidenta primera de la Cámara, Alba Vergés (ERC), pasaría a sustituir en sus funciones a Borràs, como se había barajado estos últimos días.
El artículo 40 del Reglamento también prevé que los vicepresidentes de la Cámara «deben cumplir cualquier otra función que les encomiende el presidente y la Mesa» e insiste en que la representación de la Cámara que tiene el presidente del Parlament solo puede ser delegada en uno de los vicepresidentes.