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La AN rechaza suspender la expulsión de Mohamed Said, «uno de los principales referentes en España del salafismo»

La Policía dice que reclutaba menores no acompañados, sobre todo de origen marroquí, para adoctrinarlos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (AN) ha rechazado suspender la expulsión de Mohamed Said, al que la Policía perfila como «uno de los principales referentes en España del salafismo más ortodoxo», hasta el punto de que, «desde su llegada, se ha producido un aumento del radicalismo en la región de Tarragona a causa de su discurso», así como la de Amarouch Azbir.

Los magistrados han desestimado las medidas cautelarísimas solicitadas por Said y Azbir en los recursos presentados por ambos contra la resolución dictada el pasado 14 de septiembre por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Interior, que acuerda su expulsión del territorio nacional y les prohíbe volver en diez años.

Para ello, el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska aduce que ambos estarían implicados en actividades contrarias a la seguridad nacional, al orden público o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países.

En el caso de Said, la Sala recuerda que la decisión de Interior se basa en una denuncia de la Comisaría General de Información donde se avisa de «su radicalismo ideológico», mencionando específicamente el «adoctrinamiento» en su comunidad mediante la difusión de «postulados proyihadistas».

Así, la Policía le define como «uno de los principales referentes en España del salafismo más ortodoxo, que predica, con una influencia tal que, desde su llegada, se ha producido un aumento del radicalismo en la región de Tarragona a causa de su discurso». Además, alerta de que tendría «vinculaciones con individuos radicales relacionados con el terrorismo».

Detalla que Said se ha dedicado «durante años» a las actividades de «proselitismo y reclutamiento, especialmente con los colectivos más vulnerables y manipulables, prestando especial atención a los menores, en concreto a los menores no acompañados, principalmente de origen marroquí, adoctrinándoles en el salafismo más radical». También se habría dedicado a fomentar «el victimismo y la occidentalofobia».

PRIMA EL INTERÉS GENERAL FRENTE AL PERSONAL

Con todo, la Sala considera que en este caso concrete deben prevalecer los intereses de «carácter general» frente a los de tipo personal, por cuanto se le achaca «una infracción muy grave prevista en el artículo 54.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, que tipifica como tal participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países».

Los magistrados recalcan que el rechazo de las medidas cautelarísimas no impide que los recursos formulados sigan su curso en la Audiencia Nacional. Para la Sala, su eventual expulsión no causará un daño irreparable, aunque sí de «difícil reparación», ya que si finalmente la Justicia da la razón a Said y Azbir «ningún obstáculo se advierte en el retorno a nuestro país y, si procede, la reparación de los daños causados».

Cabe recordar que Said fue detenido el martes por parte de la Policía Nacional junto a otro líder de la comunidad islámica de Cataluña tras abrirles un expediente de expulsión, después del informe de los servicios de información que decretó su expulsión del país por «suponer una amenaza para la seguridad nacional» por presunta radicalidad ideológica. De acuerdo con el auto de este jueves, «ha sido trasladado a Madrid para ser expulsado el día de mañana».

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