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Junta prevé recaudar 30 millones en inspecciones urbanísticas

El Gobierno andaluz prevé recaudar 30 millones de euros hasta 2025 con las sanciones y multas derivadas de los expedientes de de disciplina urbanística que pretende acometer al calor del Reglamento General que desarrolla la Ley 7/2021 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista).

Es una previsión de ingresos que se sustenta, a su vez, en aspectos como la creación del Cuerpo de Subinspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, para el que prevé una dotación de 50 plazas y cuyo gasto de personal ascenderá a 2,26 millones de euros.

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Son los cálculos que figuran en la Memoria Económica del expediente asociado a esta norma. El desglose de la previsión de ingresos de esos 30 millones por anualidades hasta 2025 son 6 millones en 2022, 7 millones en 2023, 8 millones en 2024 y 9 millones en 2025, según los datos del expediente que ha consultado Europa Press.

El Gobierno andaluz traza la repercusión económica del Reglamento en «un escenario financiero que abarca las anualidades 2022 a 2025» con la precisión de que «afecta a los créditos financiados con financiación autónoma».

La Ley 7/2021 contempla en su Disposición Adicional Sexta el Cuerpo de Subinspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, así como la previsión de que debía ser objeto de desarrollo reglamentario.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este semana el Reglamento General de la Lista, en cuyo Título Séptimo regula la disciplina territorial y urbanística, y dentro de ésta, en el Capítulo II la potestad inspectora y el régimen sancionador.

«Aunque se observa por la Consejería competente la dificultad para hacer una previsión de los ingresos de la Junta de Andalucía para el período 2022 a 2025 por los conceptos de sanciones y multas coercitivas», indica la Dirección General de Presupuestos, que seguidamente explica que la Consejería de Fomento «ha estimado que la cifra podría acercarse a los 6 millones de euros en 2022, siguiendo la
progresividad de los últimos años y a tenor de la mayor facilidad que la nueva Ley atribuye a la Junta de Andalucía para la imposición de sanciones».

Con esta premisa se augura en el informe económico que «esta cantidad se iría incrementando notablemente a medida que avance la incorporación del personal Subinspector, hasta obtener un incremento total de 4 millones de euros en el momento en que se produzca la incorporación total, es decir, aproximadamente un millón por anualidad a partir del ejercicio 2021 cuya recaudación se ha cifrado en 4,9 millones de euros».

«Todo ello teniendo en cuenta que la incorporación de 50 personas que realicen labores de subinspección supondría duplicar la plantilla actualmente existente con funciones sancionadoras», precisa la memoria económica para remarcar el vínculo entre el incremento recaudatorio y el aumento de la plantilla de inspección.

La consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifran Carazo, aseguró esta semana, en la rueda de prensa del Consejo de Gobierno tras la aprobación del Reglamento General de la Lista, que la plantilla de inspectores del territorio de la Junta de Andalucía se mueve en una horquilla entre los 20 y 30 y que se prepara la convocatoria de cinco nuevas plazas para 2023.

El incremento de personal previsto va más allá de los 50 subinspectores, que prevé incorporar a un ritmo de 10 en este 2022, llegar a los 25 en 2023, a los 40 en 2024 y finalmente a los 50 en 2025.

La Junta prevé añadir, además de subinspectores, otras 17 personas: dos en la Unidad Técnica, 12 en un Negociado de Gestión, dos para Asesor Técnico y una para Negociado. El gasto total será de 2,78 millones.

El Reglamento de la Lista se organiza en nueve títulos. El primero regula el régimen del suelo; el segundo, el régimen de las actuaciones de transformación urbanística y de actuaciones urbanísticas; el tercero, la ordenación territorial y los Planes y actuaciones con incidencia en laordenación del territorio, así como las actuaciones de interés autonómico; el cuarto, la ordenación urbanística y a los instrumentos previstos y la tramitación del procedimiento de aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística.

El quinto contempla la ejecución urbanística con la creación y gestión de diversos tipos de entes y la formalización de convenios interadministrativos de colaboración; el título sexto regula las actividades de edificación; el octavo, la disciplina territorial y urbanística; el octavo, las medidas de adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares; y el noveno y último, la regulación del hábitat troglodítico.

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