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El Papa aclara que los bienes adquiridos por la Curia son propiedad de la Santa Sede

El Papa Francisco ha publicado este jueves un Motu Proprio titulado ‘El derecho nativo’ para aclarar que los bienes adquiridos por las instituciones curiales y las entidades vinculadas a la Santa Sede tienen un «destino universal» y las instituciones y entidades que los han adquirido son sus «depositarios», no «propietarios privados».

«Todos los bienes, muebles e inmuebles, incluidos el dinero en efectivo y los valores, que han sido o serán adquiridos, de cualquier modo, por las instituciones curiales y las entidades vinculadas a la Santa Sede, son bienes públicos eclesiásticos y, como tales, propiedad, en título u otro derecho real, de la Santa Sede en su conjunto y pertenecientes, por tanto, independientemente del poder civil, a su patrimonio unitario, no fraccionario y soberano», afirma el primer párrafo del Motu proprio.

Por tanto, añade que «ninguna institución o entidad puede reclamar su privada y exclusiva propiedad o titularidad de los bienes de la Santa Sede, ya que siempre ha actuado y debe actuar en nombre, por cuenta y para los fines de la Santa Sede en su conjunto, entendida como persona moral unitaria, representándola sólo donde lo exige y permite la ley civil».

Según precisa el portal oficial del Vaticano ‘Vatican News’, el Motu proprio no cambia competencias ni dicta nuevas normas, pero sí reafirma un principio fundamental sobre la naturaleza pública de los bienes y el papel de las instituciones curiales y entidades vinculadas.

En el documento, firmado el 20 de febrero y publicado este jueves, remitiéndose a los cánones 1254 y 1255 del Derecho Canónico, aclara el carácter público eclesiástico de los bienes adquiridos por las instituciones y entidades curiales vinculadas a la Santa Sede.

«El derecho nativo, independiente del poder civil, de la Santa Sede a adquirir bienes temporales es uno de los instrumentos que, con el apoyo de los fieles, una administración prudente y controles apropiados, aseguran que la Sede Apostólica pueda operar en la historia, en el tiempo y en el espacio, para los fines propios de la Iglesia y con la independencia necesaria para el cumplimiento de su misión», asevera el documento papal.

Además, explica que «los entes de la Santa Sede los adquieren y utilizan, no para sí mismos, como el propietario privado, sino, en nombre y bajo la autoridad del Romano Pontífice, para la consecución de sus fines institucionales, que son igualmente públicos, y por tanto para el bien común y al servicio de la Iglesia universal».

Así, puntualiza que las entidades e instituciones que han adquirido estos bienes, deben cuidarlos «con la prudencia que requiere la gestión de la cosa común y según las normas y competencias que la Santa Sede se ha dado».

El derecho nativo también aclara que «nada cambia» para el patrimonio de las personas jurídicas instrumentales, es decir, las fundaciones y entidades que remiten a la Santa Sede registradas en la lista del Estatuto del Consejo para la Economía y situadas en el Estado de la Ciudad del Vaticano. Con el Motu proprio del 5 de diciembre de 2022, ya se había aclarado que su patrimonio también pertenece a la Santa Sede.

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