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El futuro impuesto mínimo del 15% a multinacionales augura el final de los tributos a banca y energéticas

El Ministerio de Hacienda sacó esta semana a consulta pública el borrador del impuesto mínimo global del 15% para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la UE, un tributo que puede suponer el final de la tasa temporal a empresas energéticas y banca aprobada a finales de 2022.

Ese impuesto del 15%, acordado en el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se incluye en un anteproyecto de ley de trasposición de una Directiva europea y se calcula que se remitirá en próximas semanas al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria.

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Según adelantó en el Congreso el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, en cuanto entre en vigor este nuevo Impuesto de Sociedades mínimo del 15%, el Gobierno se replantearía la continuidad de los gravámenes a empresas energéticas y del sector financiero.

Durante su comparecencia en la Comisión de Hacienda y Función Pública en el Congreso, el secretario de Estado señaló que el futuro Impuesto de Sociedades, aún sin fechas oficiales, podría entrar en vigor en 2024, fecha cuando tocaría determinar la compatibilidad de este tributo con los recientemente aprobados del sector energético y financiero.

En 2024 es también la fecha límite de los impuestos a banca y energéticas. Sin embargo, en noviembre del año pasado y en medio de la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), el Gobierno de coalición llegó a un acuerdo con EH Bildu para evaluar la posibilidad de convertir estos impuestos en permanentes.

ACUERDO DE 136 PAÍSES PARA EL IMPUESTO

La OCDE cerró un acuerdo con 136 países para aplicar una fiscalidad mínima para empresas multinacionales. Sin embargo, dicho acuerdo necesita ahora de implementación y cambios a nivel de jurisdicción en los países firmantes.

El acuerdo global se centra en dos pilares de actuación. El primer pilar incluye a las multinacionales con ingresos globales superiores a los 20.000 millones de euros y una rentabilidad por encima del 10% excluyendo a las empresas extractivas (petroleras o mineras) y las de servicios financieros regulados.

El segundo pilar abarca a las empresas que facturen 750 millones de euros o más a nivel global e incluye que el tipo mínimo de los Impuestos sobre Sociedades sea del 15% en todas las jurisdicciones adheridas al acuerdo.

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