El Consejo de Gobierno ha autorizado el expediente de gasto relativo a la contratación del servicio de transporte sanitario terrestre urgente y programado para los centros sanitarios de la provincia de Málaga adscritos al Servicio Andaluz de Salud por un importe total de 107.848.632,15 euros, con una duración de cuatro años y una prórroga prevista de un año más.
En concreto, este servicio afectará a los dispositivos asistenciales del Hospital Universitario Regional de Málaga, Hospital Universitario Virgen de la Victoria, Distrito Atención Primaria Málaga y Valle del Guadalhorce, Distrito Atención Primaria Costa del Sol, Área de Gestión Sanitaria Norte, Área de Gestión Sanitaria Este y Área de Gestión Sanitaria Serranía.
La nueva contratación supone un incremento del coste económico del contrato actual, debido, entre otros, a la subida del coste económico de las retribuciones del personal; de los traslados programados y urgentes, así como los costes relacionados con la amortización, combustibles, mantenimientos, reparaciones o seguros. Además, supondrá mejoras para los usuarios de los centros sanitarios ya que se unificarán los niveles de calidad prestados.
Así, han detallado que se garantiza el seguimiento y evaluación uniforme de la calidad del servicio prestado y además los responsables de las unidades asistenciales participarán en dicho seguimiento.
Además, la nueva contratación permite la posibilidad de tratamiento de determinadas tareas y protocolos con personal especializado, lo que supone una mayor garantía y seguridad.
De igual modo, según han precisado, supone mejoras en la capacidad de respuesta para la resolución de incidencias, mediante unificación de los responsables del contrato y valorarse la disposición de un dispositivo permanente de respuesta ante situaciones excepcionales.
El contrato contempla las distintas modalidades de transporte sanitario: urgente (de enfermos o accidentados en los que concurra una situación de riesgo vital o daño irreparable), programado (enfermos o accidentados afectos de procesos que presentan imposibilidad física u otras causas médicas que impidan o incapaciten desplazarse con sus medios) y atención de enfermos y/o accidentados por personal sanitario de urgencias (realizadas por el personal sanitario del centro sanitario, bien para la atención en ambulancia del paciente desde el propio centro al hospital de referencia o concertado, o para cualquier otra asistencia en ambulancia prevista por el SAS).