La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis personas acusadas de traficar con grandes cantidades de hachís a través de distintas operaciones en Roquetas de Mar (Almería) en 2020 y 2021 toda vez que ha absuelto a otros dos implicados así como a un agente de la Guardia Civil que fue acusado de haber colaborado con el resto de implicados al darles supuesta información útil para desvelar los movimientos de los investigadores.
En su sentencia, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso, la Audiencia Provincial de Almería impone cinco años y medio de prisión para cuatro de los acusados por un delito contra la salud pública y otros cuatro años y medio de prisión para otros dos condenados por el mismo delito, mientras que todos han sido absueltos del delito de pertenencia a grupo criminal.
El agente de la Guardia Civil juzgado se enfrentaba a cinco años de prisión y 36 meses de multa a razón de 12 euros diarios por los delitos de revelación de secretos y cohecho; unos delitos que finalmente no han quedado probados conforme a la prueba examinada por el tribunal de la Sección Segunda.
Si bien la Fiscalía sostuvo que el agente habría brindado a la organización información sobre la investigación en ciernes o para facilitar los portes de droga a cambio de pagos en especie, el tribunal estima que sus contactos «no tienen la relevancia necesaria para suponer el quebrantamiento del deber de sigilo y discreción que se impone al funcionario público».
La resolución judicial da por probado que el 20 de octubre de 2020 el agente facilitó información a C.I.P., contra quien se dirigió una orden de extradición ya que huyó a Marruecos tras la investigación de los hechos, sobre un vehículo en base a la petición de otra acusada «para asegurarse de que no se trataba de un vehículo» policial en labores de vigilancia.
De igual forma, el agente volvió a facilitar información del mismo modo al día siguiente, cuando una de las condenadas se encontraba en el puerto de Aguadulce a la espera de que atracara la embarcación ‘Mara Izabela’ para asegurarse de que, entre los vehículos que vigilaba, no había agentes encubiertos. El agente trasladó al contacto intermedio que se trataba de una «mujer roquetas» (sic).
Asimismo, consta que el guardia civil realizó varias consultas ese día en el sistema de personas relacionadas con el caso pese a que no había «interés profesional» que justificara dichas consultas.
Sin embargo, para el tribunal no ha quedado acreditado que el acusado «se concertara» con el sospechoso que huyó a Marruecos para proporcionarle información sobre las investigaciones policiales o la ubicación de vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como tampoco de la información que pudiera tener de las bases de datos de la Guardia Civil para el beneficio de las actividades ilícitas de los acusados.
Tampoco cree, en base a los hechos probados, el agente conociese las operaciones para la introducción de resina de cannabis en las que se ocupaba el resto de los acusados, toda vez que descarta que en base a las informaciones proporcionadas consiguiera compensaciones en dinero o mediante la reparación de su vehículo.
Así, el tribunal atendió la declaración de otros agentes de la Guardia Civil que participaron en el caso, quienes apuntaron que la investigación que se inició el día 20 de octubre de 2021, a raíz del aviso del remolcado de la embarcación ‘Mara Izabela’, toda vez que la información el día siguiente «en nada entorpeció la operación policial, que finalizó con la incautación de la droga y la detención de los ahora encausados».
De otro lado, el tribunal considera probado que seis de los nueve acusados emplearon sus propios barcos para introducir en el país grandes cantidades de hachís, hasta cerca de 1.250 kilos en solo dos operaciones, a través de los puertos de Roquetas de Mar (Almería).
Las detenciones se produjeron en el marco de la operación ‘Izabela’ por los agentes del ya extinto grupo OCON-Sur de la Guardia Civil, la cual se saldó con una veintena de detenidos, si bien la Fiscalía interesó antes del juicio el sobreseimiento provisional para nueve de los arrestados y el sobreseimiento libre para una persona más introducida en la causa por «error material».
El supuesto ‘cabecilla’, identificado como C.I.P., cuenta con una orden de extradición dado que huyó a Marruecos tras la investigación. La Fiscalía lo sitúa como la persona encargada de dar todas las directrices en relación a cómo debía efectuarse las operaciones y los pormenores relativos a la adquisición, logística, custodia y distribución de la sustancia.
La sentencia apunta que seis de los acusados se concertaron en fechas anteriores a octubre de 2020 para la introducción y posterior venta a tercero de grandes cantidades de resina de cannabis. Así, se constataron dos operaciones: una el 21 de octubre de 2020, en la que se intervinieron 41 fardos, y otra el 15 de febrero del año siguiente, con dos fardos de hachís más aprehendidos.
Tal sustancia era adquirida de desconocidos proveedores en el norte de África y posteriormente trasladada hasta algún punto en alta mar, donde era recepcionada por los acusados en embarcaciones para ello destinadas y trasladadas hasta la costa española, a la localidad de Roquetas de Mar.
En esta localidad los acusados gestionaban lugares destinados a la guarda y custodia de la sustancia y la venta a terceros de la misma. Para ello, empleaban las embarcaciones de recreo ‘Mara Izabela’ y ‘Gaviota’, propiedad de dos de los acusados, con las que llegaron a transportar un estupefaciente valorado en más de siete millones de euros.
Los implicados están acusados de haber realizado portes y labores de desembarco de la droga, conforme a las instrucciones que recibían por parte de otros miembros. Otros se dedicaban a vigilar no ser interceptados por la Guardia Civil en el momento de realizar la descarga de la droga.