El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga ha absuelto al artista Invader y el exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) Fernando Francés, acusados por un delito contra el patrimonio histórico por la colocación de 15 mosaicos del creador galo en edificios protegidos del centro de la capital malagueña.
El juicio quedó visto para sentencia el pasado 13 de julio, solicitando el fiscal para cada procesado una condena al pago de una multa de 24 meses, a 50 euros por día; es decir, 36.000 euros; mientras que las defensas pidieron la absolución de los procesados, coincidiendo en que no hay daños al patrimonio histórico de la ciudad y responsabilizándose mutuamente de los hechos.
La sentencia, de 53 folios, acoge un argumento de las defensas en cuanto a que no hay delito y se basa en la poca entidad de los daños en los edificios con la colocación de los mosaicos, según ha dicho a Europa Press la abogada de Invader, Marisa Castelo, quien ha destacado el trabajo realizado por la magistrada. Desde la Fiscalía han indicado que tras una primera lectura de la resolución están valorando la posibilidad de recurrirla.
El artista galo no acudió al juicio para proteger su identidad, según explicó su letrada. Sí declaró el exdirector del CAC Málaga, quien se desvinculó de la ‘invasión’ –forma de actuar que tiene el creador– realizada en mayo de 2017 en varios edificios protegidos de la ciudad.
El fiscal mantuvo que hubo «una connivencia entre ambos acusados» y para llevar a cabo la ‘invasión’ en edificios declarados como Bien de Interés Cultural (BIC) o con protección «por razones históricas, culturales o artísticas» en el centro de la ciudad. La defensa del artista, por su parte, entendía que no había delito y que no hubo intencionalidad en el caso de su cliente.
Francés se desvinculó por completo de la acción y declaró que «ni sabía que lo iba a hacer, ni sabía qué iba a hacer, ni dónde lo iba a instalar ni cómo ni cuándo. Y por supuesto no lo financiamos».
La sentencia, consultada por Europa Press, considera probado que entre los días 19 a 21 de mayo de 2017, en horas de la noche, Invader, ayudado por otras personas no identificadas que actuaban bajo su dirección, procedió a colocar 15 mosaicos integrados por azulejos que, adecuadamente colocados, adoptan forma similar a la de figuras de videojuego pixeladas, en paredes de diversos edificios.
Así, señala que lo hizo «sin autorización administrativa, y tampoco se recabó el permiso de los titulares de los edificios afectados»; solo en un caso se solicitó autorización por correo electrónico desde una cuenta del CAC en marzo de 2017, pero fue denegada por la propiedad.
Pero considera acreditado que la colocación de estas obras «fue propuesta y apoyada» por Fernando Francés, quien como entonces director del CAC y representante de una entidad cultural se reunió en París en 2015 con el artista para proponerle, junto con otros proyectos, la ‘invasión’, visitando Invader la ciudad en 2016 para conocer las instalaciones el museo y escoger los lugares donde se colocarían los mosaicos.
También se considera probado por la magistrada que la retirada de los mosaicos afectó a la capa de pintura y capa superficial de la zona afectada de las distintas fachadas de los edificios y que el coste estrictamente necesario para retirarlos y para la reparación de las fachadas para recuperar el estado anterior a la colocación «objetivamente no supera individualmente los 400 euros»; algunos casos ni siquiera ha alcanzado los 100 euros».
Esto, añade, «unido a que los propios mosaicos son también una obra de arte, llevan a esta juzgadora a concluir que no concurre en el caso de autos deslucimiento susceptible de reproche penal, sin perjuicio de las consecuencias que dicha conducta, carente de licencias administrativas y de autorización de los propietarios, merezca como ilícito administrativo o civil».
La magistrada analiza todas las testificales y los documentos aportados por las partes y sí considera acreditado la autoría de los mosaicos por parte de Invader, lo que siempre ha admitido este; y también la de Francés; así como que los 15 inmuebles en los que se instalaron los mosaicos integran el objeto material del delito contra el patrimonio histórico.
Pero apunta que los mosaicos se instalaron «sin afectar a ningún elemento ornamental de los inmuebles» y en el caso de los dos declarados BIC «se ubicaron en paramentos laterales, no en la fachada principal, ni sobre ningún elemento ornamental». En los dos edificios municipales, además, consta «el estado de deterioro en el que se encontraban, habiendo sido con posterioridad derruidos».
Hay casos en los que, dice la sentencia, existe «un impacto visual, afecta a la estética de los inmuebles, ahora bien, la instalación del mosaico en sí misma no supone ni la destrucción del edificio, ni total ni parcial, ni afecta a la funcionalidad ni a su sustancia, ni existe un deslucimiento del edificio en sí mismo», pues estaban en zonas laterales y las obras son de tamaño reducido.
«No existe un deslucimiento de los inmuebles por la instalación de los mosaicos que determine una pérdida de su valor, ni tampoco un deslucimiento económicamente evaluable de cierta entidad, pues objetivamente el coste de la reparación necesaria no supera los 400 euros para poder subsumir los hechos en el tipo penal», insiste la jueza.
La resolución indica que la retirada de los mosaicos se produce «más que por afectar al valor del inmueble ni impedir ni disminuir su contemplación, por la infracción administrativa al no disponerse de los permisos y autorizaciones necesarios para actuar sobre dichos edificios protegidos».
Asimismo, añade que se trata de la instalación de elementos «de valor artístico», realizados por un artista urbano «reconocido a nivel internacional» y cuyo valor en el mercado como se indica en las diligencias del Seprona «es elevado, lo que se desprende del propio proceso de retirada de dichos mosaicos llevado a cabo por algunos de los propietarios».
Al respecto, se apunta que «no se limitaron en algunos casos a retirarlo sin más, si no que su retirada se llevó a cabo con especial cuidado y siguiendo técnicas especializadas para preservar el mosaico con el menor daño posible al mismo», lo que supuso que el coste fuera «superior», aunque la jueza entiende que estas partidas «no pueden tenerse en cuenta para determinar el coste de retirada ni de reparación».
El fiscal mantuvo que hubo «una connivencia entre ambos acusados» y un «acuerdo de voluntades» para llevar a cabo la ‘invasión’ en edificios declarados como Bien de Interés Cultural (BIC) o con protección «por razones históricas, culturales o artísticas» en el centro de la ciudad.
Francés, por su parte, declaró que no tuvo «absolutamente ninguna noticia» de que Invader iba a instalar los mosaicos ese día y en esos lugares. «Ni sabía que lo iba a hacer, ni sabía qué iba a hacer, ni dónde lo iba a instalar ni cómo ni cuándo. Y por supuesto no lo financiamos», dijo en el juicio.
La defensa del artista, por su parte, entendía que no había delito y que no hubo intencionalidad en el caso de su cliente, incidiendo en que el artista no conoce la legislación de cada país en el que trabaja y en todo momento actuó «en la creencia de que estaba siendo contratado por una administración».