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Más de diez años de cárcel para el hombre que abusó de su sobrina menor en Sevilla

Condena abuso sexual

La Audiencia de Sevilla condena a un hombre a diez años y medio de cárcel, entre otras penas, por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años, la cual era su sobrina y cuando ocurrieron estos hechos contaba con entre seis y doce años de edad.

Cuando esto ocurre entre los años 2011 y 2017, según la sentencia emitida por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, el acusado se encontraba casado con la tía materna de la víctima. El acusado residía en el mismo bloque que la menor, hecho que facilitaba el contacto cotidiano entra las familias.

Según el relato de hechos probados el acusado aprovechaba esta cercanía desde que la menor que tenía seis años hasta que cumplió los doce o trece años, realizando frecuentes actos de carácter sexual con la niña cuando se quedaban a solas en el domicilio de éste o bien en otros escenarios reservados. En este relato de hechos probados se cuentan como varias veces le pide a la menor que le masturbara o como el le realizaba tocamientos por encima de la ropa.

Testimonio de la víctima

La tribuna ve en el testimonio de la menor una persistencia en la incriminación en los aspectos esenciales, exponiendo la víctima que «durante varios años en su infancia, su tío aprovechaba distintas situaciones para abusar de ella, siendo muy común aprovechar para tocarle por encima de la ropa la zona vaginal o el trasero», por más que el acusado lo justificase «en que se trataba solo de juegos».

El acusado achaca a que todo se debe a que no lo quieren en la familia de su mujer debido a las malas relaciones que él ha tenido con ella e incluso por una situación en la que llegó a agredir al padre de la menor, hoy fallecido.

Condenas

Dado el caso, y aplicando la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, cuya redacción inicial motivó más de mil reducciones de condenas por delitos sexuales, dada la unificación de los delitos de abuso y agresión en un solo tipo y la máxima de que ante una colisión entre dos normas penales de vigencia temporal diferente, debe aplicarse la pena más favorable para el reo; el tribunal condena al acusado a diez años y medio de cárcel por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.

También le impone seis años adicionales de prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a ella, seis años más de libertad vigilada post penitenciaria y la obligación de pagar una indemnización de 3.000 euros, como penas principales.

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