El próximo domingo 22 de diciembre, la emoción del Sorteo de Navidad de la Lotería Nacional volverá a inundar los hogares de Málaga y el resto del país. Nunca se sabe donde está la suerte, y aunque las probabilidades de lograr el ‘Gordo’ no son muy altas -1 entre 100.000-, quién sabe si este podría ser su año. Por ello, la Asociación Española de Consumidores ha elaborado una lista de recomendaciones clave y resolución de dudas para aquellos afortunados del sorteo.
Plazo y procedimiento de cobro
En primer lugar, es fundamental que los premiados conozcan que disponen de un plazo inalterable de tres meses a partir del día siguiente al sorteo para cobrar su premio. Cualquier restricción en el plazo de cobro debe ser considerada abusiva.
Al mismo tiempo, para cobrar un premio es necesario esperar hasta las 18.00 horas del día del sorteo. Cuando los premios sean superiores a 2.500 euros habrá que acudir a entidades financieras concertadas, mientras que si el montante no supera ese límite podrá cobrarse en las administraciones de lotería.
Implicaciones fiscales
Si este es su año de suerte y adquiere un premio superior a 40.000 euros por décimo, debe saber que a partir de esta cantidad se está sujeto a una retención fiscal del 20%. En el caso de participaciones, esta retención se prorrateará de acuerdo con el valor nominal correspondiente. Es crucial estar al tanto de estas implicaciones fiscales para evitar sorpresas a la hora de cobrar el premio.
Precauciones y recomendaciones
Uno de las principales avisos de La Asociación Española de Consumidores tiene que ver con la reventa de billetes premiados, lo que no solo es ilegal. sino que puede tener graves consecuencias. Esta práctica no solo facilita el blanqueo de dinero negro, sino que también puede ser considerada una infracción tributaria sancionada con importantes penalidades.
El cobro de premios a través de administraciones o delegaciones de Loterías y Apuestas del Estado, o en entidades colaboradoras, no implica ningún coste. Sin embargo, en entidades no colaboradoras, pueden existir gastos de gestión. Por ello, es recomendable informarse previamente sobre este aspecto si se decide depositar los décimos premiados en una entidad financiera.
¿Dónde ha caído el ‘Gordo’ de la Lotería de Navidad en la provincia de Málaga?
Asesoramiento
Al cobrar los premios a través de entidades financieras, es común que algunos agentes comerciales sean extraordinariamente insistentes en que se deposite el premio en su entidad. La Asociación aconseja no precipitarse ante estas situaciones y comparar detenidamente las diferentes opciones disponibles. Además, contar con asesoramiento profesional externo puede ser beneficioso para tomar la mejor decisión.
Premios compartidos
En caso de premios compartidos, existen dos opciones para garantizar una distribución justa y legal. Los agraciados pueden acudir a un notario para levantar acta del premio compartido o, en la entidad financiera donde se realice el cobro, dejar constancia de todos los premiados con sus DNI. No seguir estos pasos podría resultar en una donación para Hacienda y una doble tributación.
Finalmente, la entidad que haya emitido participaciones de un número premiado debe responsabilizarse de los pagos proporcionales íntegros, independientemente de cualquier error en el cálculo del número de participaciones.
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