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Diputación aprueba el plan estratégico de subvenciones de Cohesión Territorial

La Junta de Gobierno de la Diputación de Sevilla, en la reunión celebrada en El Castillo de las Guardas, ha dado luz verde al ‘Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Cohesión Territorial’ para el periodo comprendido entre 2024 y 2027.

Para el presidente de la institución provincial, Javier Fernández, «con este Plan Estratégico de Subvenciones damos un paso más en la programación operativa de las infraestructuras locales de la provincia, porque dotamos a las estrategias provinciales de una herramienta adicional y complementaria destinada a acoger diversas líneas de trabajo».

PROGRAMAS DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

El Área de Cohesión Territorial, a través de su Servicio de Asistencia Urbanística, planteó la necesidad de aprobar un programa de subvenciones para la financiación del planeamiento municipal, coincidente con la aprobación de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista), con los objetivos de acelerar el planeamiento municipal, la solución de los trabajos que quedaron desfasados con el cambio normativo y la mejora de los tiempos de tramitación.

Tres elementos considerados como condicionantes que estaban afectando a los objetivos de una política pública central como esta y cuya mejora supone para la provincia un elemento de desarrollo y competitividad global y de evitar desequilibrios entre municipios. En este sentido, «para impulsar esta política pública, durante los años 2022 y 2023 se desarrolló una primera fase de esta estrategia provincial que benefició a 72 municipios», ha recordado la diputada de Cohesión Territorial, Teresa Jiménez.

Una nueva línea que, bajo criterios de concurrencia y con criterios de priorización se atenderá a municipios con población inferior a 20.000 habitantes que no hubieran accedido a los fondos bajo el plan estratégico anterior; municipios con convenios preexistentes de asistencia técnica de planeamiento suscritos con la Diputación y no ejecutados, y, por último, localidades con población superior a 20.000 habitantes e inferior a 50.000 habitantes, «una vez atendida la preferencia de los de menos de 20.000».

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