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El PSC ganaría (37-40) seguido de Junts (30-33) y ERC (21-24), según un sondeo de Gesop

El PSC ganaría las elecciones catalanas del 12 de mayo (con 37-40 diputados), seguido de Junts (con 30-33 escaños) y ERC (21-24), según un sondeo de Gesop para ‘El Periódico’, recogido por Europa Press. El PSC ganaría las elecciones catalanas (37-40)

El sondeo sitúa en cuarta posición a Vox (con 11-13 escaños) y al PP en quinto lugar, con una representación de entre 10 y 13 diputados.

Por detrás, Comuns y CUP tendrían entre 7 y 9 escaños; mientras que Aliança Catalana entraría por primera vez en el Parlament con 4-7 escaños, y Cs saldría perdiendo los 6 escaños de la legislatura actual.

El PSC ganaría las elecciones catalanas (37-40)

El Parlamento de Cataluña (en catalánParlament de Catalunya; en aranésParlament de Catalonha)1​ es, junto con la Presidencia de la Generalidad y el Consejo de Gobierno de Cataluña, uno de los tres órganos que componen la Generalidad de Cataluña, institución en la que está depositado el poder de autogobierno de la comunidad autónoma de Cataluña, en España. Representa al pueblo de Cataluña y ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos de la Generalidad y controla e impulsa la acción política y de gobierno. Actualmente se compone de 135 diputados, elegidos por un plazo de cuatro años mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.

De acuerdo con la Norma segunda de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña,9​ el Parlamento de Cataluña está compuesto por 135 diputados. Estos son elegidos por las cuatro circunscripciones electorales catalanas que, a su vez, corresponde con las cuatro provincias de la comunidad autónoma. Cada una de ellas elige a un número diferente de diputados:

El mandato de los diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara, cuyo derecho corresponde al presidente de la Generalidad de Cataluña, según queda establecido en el Estatuto de Autonomía: el presidente de la Generalidad, quince días antes de la finalización de la legislatura, debe convocar las elecciones, que deben tener lugar entre cuarenta y sesenta días después de la convocatoria.

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