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sábado, 15 de marzo de 2025
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El TSJA confirma los cuatro años y medio de condena a un hombre por abusar de su sobrina de diez años

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado este viernes la condena de cuatro años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por abusar de la sobrina de su pareja, de diez años en esos momentos. El acusado habría intentado agotar por última instancia su inocencia, pero como se ha visto en la sentencia, no ha sido así.

Según se consideró probado en la sentencia de Málaga, y ahora ha sido ratificado, en fechas no precisadas de diciembre de 2013, durante un periodo de tres semanas y con una frecuencia casi diaria, «el acusado aprovechó los períodos en que se encontraba solas con la menor», con la que convivía en el domicilio familiar, para realizarle tocamientos.

La víctima, en unión de su padre, interpuso denuncia por estos hechos en marzo de 2021 en dependencias del Cuerpo Nacional de Policía de Torremolinos (Málaga). Según las conclusiones del informe forense, la víctima no presenta alteración ni secuelas derivadas de estos hechos en el orden psíquico.

Al hombre se le condenó por un delito continuado de abusos sexuales sobre menor de 13 años a la pena de cuatro años y medio de cárcel, y se le impuso también siete años de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, concretada en la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima o comunicar con ella.

También se impuso la obligación de participar en programas de educación sexual y se instó a que indemnizara a la víctima en la cantidad total de 3.000 euros en concepto de daño moral. Esta sentencia fue recurrida por la defensa del hombre, pero el TSJA confirma la condena, al apuntar que la resolución inicial «expone de modo fundamentado las bases valorativas que llevan al Tribunal a quo a considerar acreditados tanto los hechos como la autoría del acusado», de forma que la sección de apelación penal «no ve base para desautorizar esa conclusión».

Considera que la víctima «mantiene su relato de modo estable y coherente, sin contradicciones relevantes» y que «la veracidad del testimonio se ve reforzada por datos obtenidos con base en otras pruebas»; al tiempo que señala que, incluso, la niña había comentado a su madre y a su tía, antes de la denuncia, lo sucedido.

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