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La Fiscalía de Medio Ambiente inicia 202 investigaciones y contabiliza 20 demoliciones en 2021

La Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Málaga inició en 2021 un total de 202 diligencias de investigación penal y contabilizó al menos 20 demoliciones de construcciones ilegales en ejecución de sentencias.

Así consta en la memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía, hecha pública la pasada semana y consultada por Europa Press, en la que se precisa que, además, los fiscales del área formularon 78 calificaciones.

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Asimismo, se señala que de las 72 sentencias dictadas por los juzgados en materia de urbanismo y medio ambiente, 62 fueron condenatorias; además de que las ocho emitidas por la Audiencia tras recursos confirmaron la condena.

En cuanto a las 20 demoliciones contabilizadas, todas fueron ejecutadas por el propio penado en ejecución de sentencia, aunque la memoria no descarta que este número sea superior, al no computarse aquellas demoliciones ejecutadas durante la instrucción del procedimiento para que se aplique la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño.

Desde la Fiscalía de Medio Ambiente malagueña, cuyo fiscal delegado es Fernando Benítez, se considera «especialmente importante en materia de delitos contra la ordenación del territorio, el control de la ejecución de la sentencia condenatoria, especialmente la vigilancia de la reparación del daño producido por el delito, que se traduce en la demolición de la construcción ilegal y restablecimiento del terreno a su estado original».

Para ello, señala la memoria, «se solicita la no concesión de los beneficios de suspensión de la pena privativa de libertad en tanto no se haya procedido a la reparación del daño producido o su aseguramiento», apuntando que «el gran problema de los delitos contra la ordenación del territorio sigue siendo la ejecución de la medida de demolición cuando esta es acordada en sentencia y no se ejecuta voluntariamente por el penado».

Al respecto, en el documento se indica que se dilatan las ejecuciones «durante años a base de recursos y peticiones de lo más variopinto en orden a retrasar la demolición».

«Y, superados los obstáculos, cuando al fin se consigue del juzgado la orden para el ayuntamiento para la ejecución de la demolición subsidiaria, se oponen generalmente obstáculos de todo tipo por la administración local, que provocan que la ejecutoria se retrase de nuevo, no siempre con garantías de la total ejecución de la demolición», dice la memoria.

También expone la problemática derivada de la tramitación paralela a la ejecución de la medida de demolición de las solicitudes de declaración de asimilado a fuera de la ordenación que solicitan los condenados ante los ayuntamientos.

Al respecto se precisa que la postura de la Fiscalía de Málaga, «mantenida sin vacilaciones en todas las causas en que se plantea,
es que no resulta conforme a derecho una declaración de asimilado a fuera de ordenación cuando se ha puesto previamente en conocimiento del ayuntamiento la sentencia firme en procedimiento penal que acuerda la demolición».

Para el caso de que la declaración de asimilado a fuera de ordenación se obtuviera, «considera que el deber de ejecución de las resoluciones judiciales en sus propios términos obliga al juzgado a ejecutar la demolición»; un criterio que la Audiencia Provincial «es mayoritariamente favorable a la tesis de la Fiscalía».

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