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La Fiscalía se opone a suspender la pena de cárcel de Griñán por el incidente de nulidad al Supremo

Explica que en su anterior informe rechazando suspender las penas de prisión ya tuvo «en cuenta» los incidentes de nulidad planteados

La Fiscalía Anticorrupción ha elevado un escrito a la Audiencia de Sevilla, oponiéndose a las peticiones de suspensión de pena de las defensas de los condenados a prisión en la sentencia del procedimiento específico mediante el cual la Junta canalizó subvenciones para prejubilaciones en expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas; solicitudes entre las que figura la del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, relativas a los incidentes de nulidad planteados ante la sentencia emitida al respecto por el Tribunal Supremo.

En su escrito, recogido por Europa Press, la Fiscalía Anticorrupción responde la providencia emitida el pasado 4 de noviembre por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, una resolución en el que dicha instancia exponía que durante el pasado mes de octubre, había ido recibiendo diferentes escritos por parte de las defensas de Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano, el exdirector general de Trabajo Juan Márquez, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román y el exdirector general de Presupuestos de la Junta Vicente Lozano.

En todos esos escritos, según la providencia, las defensas solicitan la suspensión de las penas impuestas a los inculpados merced a la interposición en la gran mayoría de los casos de incidentes de nulidad ante el Tribunal Supremo, respecto a la sentencia de dicha instancia que resuelve los recursos de casación interpuestos contra la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que condenó a 19 de los 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía juzgados por el sistema de financiación de los ERE.

El expresidente Griñán, en concreto, fue condenado a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación, por delitos continuados de malversación y prevaricación.

Dicha sentencia del Supremo, recordémoslo, absuelve a tres secretarios generales técnicos inicialmente condenados por la Audiencia de Sevilla y reduce la condena del exdirector general de Trabajo Juan Márquez por apreciar la atenuante analógica de reparación del daño; manteniendo eso sí el resto de condenas impuestas por la Sección Primera de la Audiencia.

EL SUPREMO CONFIRMA LAS PENAS DE CÁRCEL

En decir que confirmaba las penas de prisión para José Antonio Griñán, los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera; el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo; el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá; la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo; el ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano; el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

Tras dar cuenta de tales escritos, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla acordaba dar traslado de los mismos a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas, «a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga en la plazo de tres días», tratándose de una providencia susceptible de recurso de súplica.

Previamente, recordémoslo, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ya había preguntado a las partes si suspendía la entrada en prisión de los mencionados inculpados condenados a cárcel, en espera de la tramitación de sus respectivas peticiones de indulto al Gobierno central, pesando ya un informe de la Fiscalía Anticorrupción que se opone a las peticiones de suspensión de la ejecución de las penas de privación de libertad.

UN ASPECTO YA «TENIDO EN CUENTA»

En ese sentido, la Fiscalía Anticorrupción explica en este nuevo escrito elevado a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que en su informe anterior ya tuvo «en cuenta para valorar la procedencia de la suspensión de la pena privativa de libertad el hecho de la presentación por los penados de un incidente de nulidad, al ser anunciado por sus representaciones procesales en sus respectivos escritos».

Por eso, «siendo firme la sentencia dictada y debiendo esta ser cumplida», la Fiscalía Anticorrupción reitera «en todos sus extremos el contenido del informe de fecha 2 de noviembre de 2022″, por el que se oponía ya a la suspensión de la pena de prisión impuesta a los penados Griñán Martínez, Fernández García, Viera Chacón, Vallejo Serrano, Barberá Salvador, Rodríguez Román, Márquez Contreras, Serrano Aguilar y Martínez Aguayo».

«De igual modo, no procede la suspensión de la pena de inhabilitación especial a la que fue condenado Antonio Vicente Lozano Peña y a cuyo cumplimiento ya fue requerido por auto, firme, de fecha 11 de octubre de 2022, siendo irrelevante a este propósito la presentación del incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo», concluyen los fiscales Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra.

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