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Los nuevos impuestos a banca y energéticas afrontan su primer examen en el Congreso

Los nuevos impuestos temporales sobre los beneficios extraordinarios de las grandes compañías energéticas y entidades financieras que impulsa el Gobierno afrontan este martes su primer examen en el Pleno del Congreso, que debe pronunciarse sobre la admisión a trámite de la proposición de ley registrada por el PSOE y Unidas Podemos.

Los nuevos impuestos fueron anunciados por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Debate sobre el estado de la Nación como parte del plan económico para afrontar los costes derivados de la crisis energética y de precios, derivada de la invasión rusa de Ucrania.

Días después, PSOE y Unidas Podemos registraron la iniciativa, en la que plantean un gravamen temporal del 4,8% sobre el margen de intereses y comisiones netas de las entidades financieras con ingresos superiores a los 800 millones de euros, y del 1,2% las ventas totales de las energéticas que facturen más de 1.000 millones de euros al año.

UNA RECAUDACIÓN ESTIMADA DE 7.000 MILLONES EN DOS AÑOS

El nuevo gravamen al sector energético estará en vigor durante 2023 y 2024 y buscará recaudar 2.000 millones de euros al año de los beneficios extraordinarios de estas empresas en 2022 y 2023.

De su lado, el impuesto «excepcional y temporal» dirigido a «las grandes entidades financieras que ya han empezado a beneficiarse de la subida de tipos de interés», según ha argumentado el Gobierno, tendrá una duración de dos años –sobre los ejercicios 2022 y 2023– y buscará recaudar 1.500 millones cada año.

Sobre la posibilidad de que las empresas trasladen el coste del impuesto a los clientes, el Gobierno ha establecido en la proposición una sanción del 150% del importe que se traslade al usuario.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) sería el órgano encargado de velar de que no se repercuta el gravamen sobre los clientes en el caso de las energéticas; para los bancos, la CNMC deberá colaborar con el Banco de España.

NUEVO GRAVAMEN TEMPORAL A ENERGÉTICAS

Por lo que se refiere al sector eléctrico, gasista y petrolero, la prestación se fija en el 1,2% de su cifra de negocios, lo que posibilita que las aportaciones de cada grupo respondan a su cuota de mercado.

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Por otra parte, la regla general es que se sometan a la prestación los grupos económicos que ostenten la condición de operadores principales, definidos de acuerdo con las normas fiscales, lo que incluye exclusivamente a las empresas españolas del grupo, no siendo objetivo de gravamen, por tanto, la cifra de negocios obtenida por dichos grupos mediante filiales en otros países.

IMPUESTO AL SECTOR BANCARIO

En el caso de las entidades de crédito, la prestación se fija en el 4,8% de su margen de intereses –intereses cobrados menos pagados– más sus comisiones netas –cobradas menos pagadas. Según la proposición, se trata de partidas que permiten mantener «la debida proporcionalidad» en las aportaciones de cada grupo empresarial según su cuota de mercado.

Como sucede con las empresas energéticas, se someten a la prestación como regla general, los grupos fiscales, quedando fuera del gravamen los intereses y comisiones obtenidos por sus filiales en el sector.

«En el sector de las entidades de crédito es relevan conocer el peso que el gravamen supone respecto de sus principales magnitudes. Así, el impacto anual estimado del gravamen apenas representa un 0,06% del valor de los activos de las grandes entidades de crédito españolas», sostienen PSOE y Unidas Podemos en la proposición

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