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Trámites para darse de alta como autónomo

La situación del mercado laboral está obligando a muchas personas a encontrar un refugio en el autoempleo. Estos trabajadores inician una actividad como autónomo cuando encuentran serias dificultades para trabajar por cuenta ajena. El problema es que la inexperiencia en el ámbito empresarial les puede jugar una mala pasada, por ejemplo, a la hora de tramitar el alta como autónomo.

A la hora de iniciar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) hay que tener en cuenta una serie de aspectos que lo diferencian de un alta como trabajador asalariado.

Alta de autónomo en Hacienda

Este es uno de errores que cometen los emprendedores inexpertos con más frecuencia, tramitan el alta en la Seguridad Social antes que en Hacienda, lo que después puede llevar a grandes problemas en las declaraciones de IVA, si se ha realizado alguna inversión. Además, no deja de ser un requisito formal establecido por la Administración, por lo que se puede incurrir en sanciones económicas.

Por este motivo, el nuevo autónomo tiene que tener en cuenta que el primer paso será darse de alta como trabajador por cuenta propia en Hacienda. Para ello, el emprendedor debe cumplimentar el famoso modelo 036, la declaración del alta censal, y presentarlo a través de alguna de estas vías:

– Presencialmente, en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria.

– Telemáticamente, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital o sistema Cl@ve.

En ambos casos, será necesario adjuntar el DNI cuando se presente el modelo 036.

Alta de autónomo en la Seguridad Social

Ahora sí, una vez que el autónomo se ha dado de alta en Hacienda es el momento de tramitar el alta en la Seguridad Social, más concretamente en el RETA.

Para ello, el emprendedor tendrá que presentar el modelo TA521, de afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. De nuevo, el trabajador por cuenta propia tiene dos vías para realizar el proceso:

– Presencialmente, en alguna de las oficinas de la Seguridad Social.

– Telemáticamente, en la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital o sistema Cl@ve.

En ambos casos, el autónomo tendrá que presentar el DNI, el alta en Hacienda -modelo 036-, y la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social.

Este último documento se consigue en la Tesorería General de la Seguridad Social, el profesional solo tiene que solicitarlo.

Pautas a tener en cuenta al darse de alta como autónomo

Al darse de alta por primera vez como autónomo, hay que tener en cuenta una serie de consideraciones que, de lo contrario, podrían lastrar la actividad durante los primeros meses.

Por un lado, al autónomo debe cerciorarse de si todavía está cobrando la prestación por desempleo, el paro. De ser así, tiene la opción de dirigir la cantidad integra que le quede por percibir a los gastos de puesta en marcha del negocio. De no hacerlo, perdería la prestación.

Otro aspecto a tener en cuenta es el epígrafe dentro del Impuesto de Actividades Económica (IAE). El autónomo tiene que elegirlo correctamente, incluso pidiendo ayuda a un profesional, ya que de lo contrario puede incurrir en más de un problema, ya que algunas actividades no están sujetas a IVA.

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